1- INFORMACIÓN INSTITUCIONAL
1 – ÓRGANOS DE GOBIERNO
Sin perjuicio de las peculiaridades organizativas contenidas en los Estatutos particulares de cada Colegio, los Órganos de Gobierno de los Colegios, las normas y procedimiento de su elección, serán los que se determinen en estos Estatutos. Constituyen los Órganos de Gobierno de los Colegios:
a) La Asamblea General.
La Asamblea General de colegiados es el órgano supremo del Colegio. Está compuesta por todo el censo de colegiados del ámbito territorial que en su caso corresponda, teniendo derecho a voz y voto los colegiados ejercientes y solo a voz los colegiados no ejercientes, siempre que se encuentren al corriente de sus obligaciones. El no ejerciente tendrá derecho a voto cuando su condición de no ejerciente esté motivada por una baja laboral.
b) La Junta de Gobierno.
La Junta de Gobierno es el órgano de administración y dirección del Colegio que ejerce las competencias no reservadas a la Asamblea General conforme al artículo anterior, ni asignadas específicamente por los Estatutos particulares a otros órganos colegiales, así como los que se le atribuyen expresamente en estos Estatutos. La Junta de Gobierno está compuesta por:
a) El Presidente.
b) El Vicepresidente.
c) El Tesorero y el Contador.
d) El Secretario.
e) Los Vocales que los Estatutos particulares determinen.
c) La Comisión Permanente
La Comisión Permanente está compuesta por el Presidente, el Vicepresidente, el Tesorero y el Secretario, si bien podrán formar parte de la misma los vocales que determinen los Estatutos particulares.[clear]
2 – JUNTA DE GOBIERNO
Diplomado en Podología
Diplomado en Enfermería
Perito en Valoración del Daño Corporal en Podología
Master Cirugía MIS
Diplomado Podología
Diplomado Enfermería
Master Cirugía Podológica U.B.
Diplomada en Podologia.
Diplomada en Fisioterapia.
Graduada en Podología por la UMH
Técnico Superior de Imagen para el Diagnóstico
Diplomada en Enfermería
Diplomada en Podología
Diplomado en Podología
Diplomado en Enfermería
[clear]
3 – INFORMACIÓN INSTITUCIONAL
– FUNCIONES DEL COPOMUR[clear]
El Colegio de Podólogos de la Región de Murcia es una corporación de derecho público con personalidad jurídica propia. Al COPOMUR corresponde la ordenación del ejercicio de la profesión de podólogo, la representación de la misma, la defensa de los intereses profesionales de los colegiados y la protección de los intereses de los consumidores y usuarios, gozando de autonomía en el desarrollo de su gestión.[clear]
– OBJETIVO SOCIAL DEL COPOMUR[clear]
● Velar por la ética profesional y por el respeto a los derechos de los ciudadanos, y ejercer la jurisdicción disciplinaria en materias profesionales y colegiales.
● Participar en los órganos consultivos de la Administración, cuando ésta lo requiera, en materias de competencia de la profesión, así como en el Consejo General de Colegios Oficiales de Podólogos.
● Ostentar la representación y defensa de la profesión ante la Administración pública, Instituciones, Tribunales y con todas las demás personas físicas o jurídicas con legitimación para ser parte en los litigios que afecten a intereses profesionales.
● Impedir, y si es preciso, perseguir, hasta llegar a los Tribunales, los casos de intrusismo profesional que afecten a los Podólogos y el ejercicio de su profesión.
● Organizar actividades de formación continuada mediante conferencias, congresos, jornadas, publicar revistas, folletos, circulares y, en general, poner en práctica los medios que estimen necesarios para estimular el perfeccionamiento técnico, científico y humanístico de la profesión.
● Elaborar los Estatutos, reglamentos de orden interno, que se estimen necesario para la buena marcha del Colegio.
● Facilitar a los Tribunales, conforme a las Leyes, la relación de colegiados que pudieran ser requeridos para intervenir como peritos en los asuntos judiciales o designarlos por sí mismos, en virtud de rotación o turno dentro de su respectiva especialidad.
● Intervenir, en vía de conciliación o arbitraje, en las cuestiones que, por motivos profesionales, se susciten entre los colegiados.
● Resolver por laudo, a instancia de las partes interesadas, las discrepancias que puedan surgir sobre el cumplimiento de las obligaciones dimanantes de los trabajos realizados por los colegiados en el ejercicio de la profesión.
● Organizar actividades y servicio comunes de interés para los colegiados, de carácter profesional, formativo, cultural, asistencial y de previsión y otros análogos, proveyendo el sostenimiento económico mediante los necesarios medios.
● Atender a las solicitudes de información sobre sus colegiados y sobre las sanciones firmes a ellos impuestas, así como peticiones de inspección o investigación, que debidamente motivadas, formulen la autoridad competente de un Estado miembro de la Unión Europea en los términos previstos en la Ley 17/2009 de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades y servicios y su ejercicio.
● Y cuantas funciones redunden en beneficio de los intereses profesionales de los colegiados y usuarios.[clear]
4 – PERSONAL DEL COLEGIO
Las condiciones mínimas de trabajo del personal que presta sus servicios en el Colegio Oficial de Podólogos de la Región de Murcia están reguladas por el Convenio de Oficinas de Colegios Profesionales de la Región de Murcia (Resolución de 20 de febrero de 2014 de la Dirección General de Trabajo. BORM nº 55, viernes 7 de mayo de 2014).
– CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO
a. DIRECTORIO DEL PERSONAL CONTRATADO
a) Administrativa – secretaria@copomur.es – 9687259939.
2 – INFORMACIÓN NORMATIVA
- Corrección de Errores del Real Decreto-ley 16/2012 de 20 de abril de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud
- Real Decreto-ley 16/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del SNS y mejorar la calidad y seguridad de sus prestaciones
- Jubilación y Trabajo sin efecto la Orden del 23 de mayo
- Ley 27/2011, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de la Seguridad Social
- Orden TIN/1362/2011, de 23 de mayo, sobre régimen de incompatibilidad de la percepción de la pensión de jubilación del sistema de la Seguridad Social con la actividad desarrollada por cuenta propia por los profesionales colegiados
- Real Decreto Receta Médica y Orden de Dispensación
- Ley 25 2009 Modificación Diversas Leyes «Ley Ómnibus»
- Ley 28 2009 Modificación Ley Garantía y Uso racional Medicamentos
- Orden SAS 2022 2009 Medicamentos utilización Uso Humano
- R.D. 1085 2009 Rayos X
- R.D. 1591 2009 Productos Sanitarios
- Orden CIN 729 2009 Titulo de Grado en Podología
- R.D. 1720 2007 Protección Datos
- Ley 2 2007 Sociedades Profesionales
- Ley 15 2007 Defensa Competencia
- Ley 29 2006 Garantía y Uso Racional Medicamento
- Ley 44 2003 Ordenación Profesiones Sanitarias
- R.D. 1277 2003 Autorización Centros
- Ley 41 2002 Autonomía del Paciente
- R.D. 437 2002 Licencia Fabricante Medida
- R.D. 815 2001 Radiología
- R.D. 414 1996 Productos Sanitarios
- R.D. 1132 1990 Protección Radiológica
- R. D. 649 1988 Diplomado Podología
- Ley 14 1986 General de Sanidad
- R.D. 1 2007 Defensa Consumidores
- Decreto 727 1962 Especialidad PodologíaLegislación Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
- Decreto 41, Publicidad Sanitaria
- Decreto 309/2010, Identificación Centros Sanitarios
- Decreto RES
- Decreto Unificación de Reclamaciones
- BOE de la equivalencia a Grado de la Diplomatura de Podología
3 – INFORMACIÓN ECONÓMICA
1 – CONTRATOS
2 – CONVENIOS
[two]
[list type=»dot»]
[li]ISFAS[/li]
[li]SOLICITUD DE ALTA EN CONVENIO ISFAS[/li]
[li]SOLICITUD DE BAJA EN CONVENIO ISFAS[/li]
[/two]
[two_last]
[list type=»arrow»]
[li]CONVENIO MUFACE[/li]
[li]Servicios de Podología Concertados con MUFACE[/li]
[li]SOLICITUD DE ALTA EN CONVENIO MUFACE[/li]
[li]SOLICITUD DE BAJA EN CONVENIO MUFACE[/li]
[li]ENMIENDA CONVENIO MUFACE[/li]
[/list]
[/two_last][clear]
[one]
[list type=»arrow»]
[li]CONVENIO MUGEJU 2016[/li]
[li]SOLICITUD DE ALTA EN CONVENIO MUGEJU[/li]
[/list]
[/one][clear]
[three]
[list type=»arrow»]
[li]CONVERSIA[/li]
[li]MUPRESAL[/li]
[li]MURCIA HIGIENE[/li]
[li]Colaboración Laboratorios Echevarne[/li]
[li]Tarifas Laboratorios Echevarne[/li]
[/list]
[/three]
[three]
[li]CONVENIO AYUNTAMIENTO DE MURCIA[/li]
[li]DOCUMENTO DE ADHESIÓN AL CONVENIO[/li]
[/three]
[three_last]
[list type=»arrow»]
[li]PREVISIÓN SANITARIA NACIONAL[/li]
[li]FUNDACIÓN PARA LA FORMACIÓN E INVESTIGACIÓN SANITARIA DE LA REGIÓN DE MURCIA[/li]
[li]SABADELL – CAM[/li]
[li]IMFORMAS[/li]
[/list]
[/three_last]
[three]
[list type=»arrow»]
[li]JESÚS ABANDONADO[/li]
[li]CASER RESIDENCIAL[/li]
[/list]
[/three]
[three]
[list type=»arrow»]
[li]CONVENIO FEDERACIÓN DE CENTROS DE MAYORES DE CARTAGENA[/li]
[li]DOCUMENTO DE ADHESIÓN AL CONVENIO[/li]
[/list]
[/three]
[three_last]
[list type=»arrow»]
[li]CONVENIO COPOMUR Y FREMUD[/li]
[li]DOCUMENTO DE ADHESIÓN AL CONVENIO[/li]
[/list]
[/three_last]
3 – SUBVENCIONES
4 – CUENTAS ANUALES
5 – INVENTARIO DE BIENES E INMUEBLES
6 – RETRIBUCIONES DE LA JUNTA